La negativa del amparo solicitado contra la sentencia que declaró infundada la pretensión de pago de lo indebido, se sustenta en la aplicación de la jurisprudencia que establece la improcedencia de reclamar la devolución de cantidades enteradas por concepto de prevalidación electrónica de datos, cuando dicha obligación ya ha sido declarada inoperante por inconstitucionalidad.
El tribunal niega el amparo a la empresa "Truper" contra una sentencia que declaró infundada su reclamación de pago de lo indebido por concepto de prevalidación electrónica de datos. La negativa se basa en jurisprudencia aplicable que considera inoperante la reclamación de cantidades pagadas por este concepto, ya que la obligación de pago ha sido declarada inconstitucional y, por ende, no puede generar un derecho a la devolución.
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