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SJF · Tesis

La orden de revisión de gabinete que la autoridad deja sin efectos unilateralmente, una vez iniciado el plazo de seis meses para dictar la resolución, se equipara a una resolución favorable al contribuyente.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Ponente
Fecha
1 mar 2012
Materia
administrativa
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

La orden de revisión de gabinete que la autoridad deja sin efectos unilateralmente, una vez iniciado el plazo de seis meses para dictar la resolución, se equipara a una resolución favorable al contribuyente.

Resumen

El presente caso aborda la situación en la que una autoridad fiscal deja sin efectos una orden de revisión de gabinete después de que el plazo de seis meses para emitir la resolución correspondiente ya había comenzado. El tribunal determina que esta acción unilateral de la autoridad se equipara a una resolución favorable para el contribuyente. Lo anterior, con el fin de evitar la inseguridad jurídica que generaría al gobernado la posibilidad de ser sujeto a nuevas revisiones sobre los mismos periodos y contribuciones.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.