La inconstitucionalidad de las multas fijas en materia penal, al no permitir la individualización de la sanción conforme a la gravedad del delito y la culpabilidad del infractor.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró la invalidez de porciones normativas del Código Penal de Puebla que establecían multas fijas en delitos. Se consideró que estas multas fijas, al no contemplar rangos mínimos y máximos, impiden al juzgador individualizar la sanción de acuerdo con la gravedad del delito y el grado de culpabilidad del infractor, contraviniendo el principio de proporcionalidad de las penas. El criterio se sustentó en jurisprudencia previa que invalidó normas similares.
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