La notificación de actos administrativos por correo certificado con acuse de recibo es ilegal si no se recaba la firma del destinatario o su representante legal, o si no se siguen las disposiciones reglamentarias aplicables en caso de no poder recabarla.
El Tribunal Federal de Justicia Administrativa determinó que la notificación de una multa impuesta por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial fue ilegal. La autoridad intentó notificar la resolución mediante correo certificado con acuse de recibo, pero el acuse no contenía la firma del destinatario ni de su representante legal, ni se demostró que se hubieran seguido las disposiciones reglamentarias para estos casos. Por lo tanto, se consideró que la notificación no cumplió con los requisitos legales, lo que a su vez invalidó el argumento de que el acto fue consentido por el actor.
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