InvestigaciónDocumento
En línea
574/2022TCC11ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
Décimo Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito

La fijación de la litis en el juicio contencioso administrativo, tratándose de la devolución de saldos a favor del impuesto al valor agregado, debe realizarse en audiencia, sin que sea indispensable la presencia del magistrado ponente, pues su ausencia no genera una violación a las formalidades esenciales del procedimiento.

Expediente
574/2022
Tribunal
Décimo Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito
Ponente
Arturo César Morales Ramírez
Fecha
30 mar 2023
Materia
administrativa
Sentido

Holding · resolución sintética

La fijación de la litis en el juicio contencioso administrativo, tratándose de la devolución de saldos a favor del impuesto al valor agregado, debe realizarse en audiencia, sin que sea indispensable la presencia del magistrado ponente, pues su ausencia no genera una violación a las formalidades esenciales del procedimiento.

Resumen

El presente asunto versa sobre la legalidad de la fijación de la litis en un juicio contencioso administrativo, específicamente en un caso de devolución de saldos a favor del IVA. El tribunal determinó que la ausencia del magistrado ponente durante la audiencia de fijación de la litis no constituye una violación a las formalidades esenciales del procedimiento, ya que la ley permite que esta se lleve a cabo sin su presencia, garantizando así la correcta sustanciación del juicio.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.