Cuarto Tribunal Colegiado del Trigésimo Circuito· tema sin holding extraído
ALIMENTOS MAYOR DE EDAD ESTUDIANTE. La quejosa (acreedora alimentaria) reclama la determinación que condenó al pago de alimentos definitivos en un porcentaje del sueldo que consideró insuficiente y que es inferior a la capacidad económica del deudor alimentario.
En atención a que se trata de un asunto de alimentos en el que rige la suplencia amplia de la queja, se otorgó el amparo a la quejosa para que se reponga el procedimiento, a efecto de que la responsable se allegue de mayores elementos para saber a cuánto ascienden las necesidades de la acreedora y la capacidad económica del deudor, de modo que pueda fijarse una pensión que sea acorde con el principio de proporcionalidad, con la precisión de que el monto que fije al dictar la nueva sentencia no podrá ser inferior al ya fijado, toda vez que el amparo no puede perjudicar a su promovente
Expediente
108/2020
Tribunal
Cuarto Tribunal Colegiado del Trigésimo Circuito
Ponente
Germán Ramírez Luquín
Fecha
23 jul 2020
Materia
civil
Sentido
Tema · autorreporte del tribunal
ALIMENTOS MAYOR DE EDAD ESTUDIANTE. La quejosa (acreedora alimentaria) reclama la determinación que condenó al pago de alimentos definitivos en un porcentaje del sueldo que consideró insuficiente y que es inferior a la capacidad económica del deudor alimentario.
En atención a que se trata de un asunto de alimentos en el que rige la suplencia amplia de la queja, se otorgó el amparo a la quejosa para que se reponga el procedimiento, a efecto de que la responsable se allegue de mayores elementos para saber a cuánto ascienden las necesidades de la acreedora y la capacidad económica del deudor, de modo que pueda fijarse una pensión que sea acorde con el principio de proporcionalidad, con la precisión de que el monto que fije al dictar la nueva sentencia no podrá ser inferior al ya fijado, toda vez que el amparo no puede perjudicar a su promovente
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