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211/2026SCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PLENO

La interpretación de los artículos 31, fracción IV, 73, fracción VII y 124 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con los artículos 1 y 32 del Código Tributario para el Estado de Veracruz, debe realizarse conforme a los principios de legalidad tributaria y de exacta aplicación de la ley.

Expediente
211/2026
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
YASMÍN ESQUIVEL MOSSA
Fecha
26 mar 2026
Materia
sin clasificar
Sentido

Holding · resolución sintética

La interpretación de los artículos 31, fracción IV, 73, fracción VII y 124 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con los artículos 1 y 32 del Código Tributario para el Estado de Veracruz, debe realizarse conforme a los principios de legalidad tributaria y de exacta aplicación de la ley.

Resumen

El presente caso se relaciona con la determinación de créditos fiscales por concepto de Impuesto Sobre la Renta (ISR) e Impuesto al Valor Agregado (IVA), así como por reparto de utilidades. La controversia surge de la interpretación de diversos artículos constitucionales y del Código Tributario de Veracruz. El actor argumenta que la autoridad fiscal se extralimitó en sus facultades al emitir una revisión de gabinete, contraviniendo los artículos 1, 14 y 16 constitucionales, ya que su Cédula de Identificación Fiscal no contemplaba las obligaciones de ISR e IVA. La Suprema Corte analiza la legalidad de la actuación de la autoridad fiscal y la correcta aplicación de la normativa tributaria.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.