La Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) debe considerarse como un indicador de base anual para fijar el monto de la garantía por los perjuicios que puedan ocasionarse al concederse la suspensión del acto reclamado en el juicio de amparo en materia civil, cuando se reclame una cantidad líquida.
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió una contradicción de tesis sobre cómo calcular la garantía por perjuicios al conceder la suspensión en juicios de amparo civiles. Determinó que la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) a 28 días, utilizada para reflejar el rendimiento del dinero, debe considerarse como un indicador de base anual. Esto significa que, para calcular la garantía, la TIIE anual se aplica a la cantidad reclamada, el resultado se divide entre doce para obtener el valor mensual, y este se multiplica por el número estimado de meses que durará el juicio.
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