La resolución que desestima los planteamientos efectuados en una consulta ciudadana, relativa a la elaboración o modificación de un Plan de Desarrollo Urbano Municipal, es un acto intraprocesal de imposible reparación, contra el cual procede el juicio de amparo indirecto, al causar un perjuicio real y directo en la esfera jurídica del gobernado.
Se establece la procedencia del juicio de amparo indirecto contra la resolución que desestima planteamientos en una consulta ciudadana sobre un Plan de Desarrollo Urbano Municipal. El Tercer Tribunal Colegiado consideró que dicho acto es intraprocesal, de imposible reparación y causa un perjuicio directo, por lo que el amparo es procedente. En contraste, el Tribunal Colegiado en Materias de Trabajo y Administrativa estimó que tales resoluciones son actos intermedios dentro de un procedimiento materialmente legislativo, no definitivos y que no causan perjuicio actual, por lo que el amparo es improcedente.
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