El recurso de queja es fundado contra el auto que reconoce el carácter de tercero interesado a la víctima u ofendido, cuando el acto reclamado en el amparo no afecta directamente la reparación del daño o la responsabilidad civil, sino únicamente el derecho de defensa del quejoso.
El Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito declaró fundado un recurso de queja, revocando el auto que reconocía a una persona como tercero interesado en un juicio de amparo. El tribunal determinó que, si bien la víctima u ofendido puede tener legitimación para ser tercero interesado, en este caso el acto reclamado (la negativa de admitir pruebas de descargo) no afectaba directamente la reparación del daño, sino la defensa del quejoso. Por lo tanto, no se actualizaba la hipótesis del artículo 5o., fracción III, inciso c) de la Ley de Amparo.
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