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1262/26-07-02-9ConcedeTFJA11ª Época✓ Fuente verificada
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TFJA · Segunda Sala Regional en Jalisco

La nulidad lisa y llana de una boleta de infracción procede cuando la autoridad no cumple con la debida identificación del servidor público que la levanta, omitiendo asentar el cargo y nombre del funcionario que expidió la credencial con la que se identificó.

Expediente
1262/26-07-02-9
Tribunal
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Ponente
Fecha
17 jun 2026
Materia
fiscal
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

La nulidad lisa y llana de una boleta de infracción procede cuando la autoridad no cumple con la debida identificación del servidor público que la levanta, omitiendo asentar el cargo y nombre del funcionario que expidió la credencial con la que se identificó.

Resumen

La Segunda Sala Regional en Jalisco del Tribunal Federal de Justicia Administrativa declaró la nulidad lisa y llana de una boleta de infracción emitida por la Guardia Nacional. La decisión se basó en que el servidor público que levantó la infracción no se identificó debidamente, omitiendo asentar el cargo y nombre del funcionario que expidió su credencial, lo cual contraviene los requisitos formales establecidos en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y la jurisprudencia aplicable. Al ser un vicio formal, se declaró la nulidad sin necesidad de estudiar otros argumentos.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.