La remisión que realiza el artículo 42 del Código Fiscal de la Federación a reglas generales de la Resolución Miscelánea Fiscal, para detallar las formalidades de las visitas domiciliarias, no transgrede los principios de reserva de ley y subordinación jerárquica, al ser una facultad de la autoridad administrativa para precisar aspectos técnicos y operativos de la ley.
El caso aborda la validez de la remisión que hace el artículo 42 del Código Fiscal de la Federación a reglas generales de la Resolución Miscelánea Fiscal para detallar las formalidades de las visitas domiciliarias. La Suprema Corte determinó que esta remisión no viola los principios de reserva de ley ni subordinación jerárquica, ya que la autoridad administrativa ejerce una facultad para precisar aspectos técnicos y operativos de la ley, sin invadir la esfera del legislador. Además, se analizó la violación al artículo 16 constitucional por la solicitud de información a terceros sin que la orden de visita lo previera, concluyendo que dicha orden por sí sola puede generar perjuicios.
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