La boleta de remisión emitida por un elemento de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, en el marco del programa de control de alcoholemia, constituye un acto de imposible reparación que afecta materialmente derechos sustantivos, por lo que es impugnable a través del juicio de amparo indirecto.
El Pleno en Materia Administrativa del Primer Circuito determinó la contradicción de tesis respecto a la impugnabilidad de la boleta de remisión emitida en operativos de alcoholímetro. Un tribunal consideró que era un acto intraprocesal no impugnable autónomamente, mientras que otro sostuvo que afectaba la libertad deambulatoria, siendo un acto de imposible reparación. El Pleno resolvió que dicha boleta sí es impugnable vía amparo indirecto, ya que la privación de la libertad que implica, aunque sea temporal, afecta materialmente derechos sustantivos y sus consecuencias son de imposible reparación.
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