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41/2017 Y SU ACUMULADA 44/2017OtroTCC10ª Época✓ Fuente verificada
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SJF · Ejecutoria

La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la exigencia de un examen toxicológico para el registro de candidatos a cargos de elección popular, así como las disposiciones relativas a la reelección consecutiva y las candidaturas comunes, deben ser analizadas bajo los principios de razonabilidad, proporcionalidad y no discriminación, y que la libertad configurativa de los legisladores locales tiene límites constitucionales.

Expediente
41/2017 Y SU ACUMULADA 44/2017
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
28 may 2018
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la exigencia de un examen toxicológico para el registro de candidatos a cargos de elección popular, así como las disposiciones relativas a la reelección consecutiva y las candidaturas comunes, deben ser analizadas bajo los principios de razonabilidad, proporcionalidad y no discriminación, y que la libertad configurativa de los legisladores locales tiene límites constitucionales.

Resumen

En esta acción de inconstitucionalidad, la Suprema Corte analizó la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sonora. Se impugnaron diversos preceptos, incluyendo la exigencia de un examen toxicológico para el registro de candidatos, las reglas de reelección consecutiva y la figura de candidaturas comunes. La Corte examinó si estas normas transgredían derechos constitucionales como el de ser votado, la equidad en la contienda y la no discriminación, considerando la libertad configurativa de los estados pero también los límites constitucionales.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.