Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito· tema sin holding extraído
TEMAS: AGRAVIOS JURÍDICAMENTE INEFICACES. MULTA IMPUESTA AUTORIDAD VINCULADA AL CUMPLIMIENTO DE UNA SENTENCIA DE AMPARO.
En el proyecto que se somete a la amable consideración del Pleno de este Tribunal Colegiado se propone declarar infundado el recurso.
Los agravios son jurídicamente ineficaces, dado que el requerimiento formulado al Titular de la Unidad Jurídica de la Delegación Estatal Jalisco del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, fue para que se pronunciara respecto diversas manifestaciones del quejoso, dado que este último señaló que dicha dependencia le indicó la forma en cómo debía expedirse una factura para que se le rembolsara el monto ahí erogado, por lo que es inconcuso que dicho Titular de la Unidad Jurídica de la Delegación Estatal Jalisco del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, sí es el obligado directo a cumplir los requerimientos que le fueron efectuados, así como que no se le requirió para que cumpliera con alguna cuestión jurídicamente imposible; ello, aunado a que tampoco se le requirió para que ordenara acciones al nosocomio responsable.
Expediente
133/2026
Tribunal
Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito
Ponente
Leonel Medina Rubio
Fecha
20 ago 2026
Materia
administrativa
Sentido
Tema · autorreporte del tribunal
TEMAS: AGRAVIOS JURÍDICAMENTE INEFICACES. MULTA IMPUESTA AUTORIDAD VINCULADA AL CUMPLIMIENTO DE UNA SENTENCIA DE AMPARO.
En el proyecto que se somete a la amable consideración del Pleno de este Tribunal Colegiado se propone declarar infundado el recurso.
Los agravios son jurídicamente ineficaces, dado que el requerimiento formulado al Titular de la Unidad Jurídica de la Delegación Estatal Jalisco del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, fue para que se pronunciara respecto diversas manifestaciones del quejoso, dado que este último señaló que dicha dependencia le indicó la forma en cómo debía expedirse una factura para que se le rembolsara el monto ahí erogado, por lo que es inconcuso que dicho Titular de la Unidad Jurídica de la Delegación Estatal Jalisco del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, sí es el obligado directo a cumplir los requerimientos que le fueron efectuados, así como que no se le requirió para que cumpliera con alguna cuestión jurídicamente imposible; ello, aunado a que tampoco se le requirió para que ordenara acciones al nosocomio responsable.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.