La omisión de la autoridad fiscal de notificar al contribuyente la posibilidad de corregir su situación fiscal, cuando advierte causales de determinación presuntiva, genera la nulidad lisa y llana de la resolución impugnada por violar el derecho de audiencia.
El presente criterio establece que si una autoridad fiscal detecta que un contribuyente incurre en causales para la determinación presuntiva de contribuciones, pero omite notificarle esta situación y concederle el plazo de 15 días para corregirla, se incurre en una irregularidad que genera indefensión. Dicha omisión, al no permitir al contribuyente ejercer su derecho de audiencia y exponer lo que a su interés convenga, es motivo suficiente para declarar la nulidad de todas las actuaciones posteriores a la irregularidad.
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