La negativa de la devolución del Impuesto al Valor Agregado es correcta cuando no se acredita la materialidad de las operaciones.
El tribunal niega el amparo a la contribuyente contra la sentencia que confirmó la negativa de devolución del IVA. La decisión se basa en que la contribuyente no logró acreditar la materialidad de las operaciones, requisito indispensable para la procedencia de la deducción y, por ende, de la devolución del impuesto.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.