InvestigaciónDocumento
En línea
264/2020TCC11ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Séptimo Circuito

La negativa de la devolución del Impuesto al Valor Agregado es correcta cuando no se acredita la materialidad de las operaciones.

Expediente
264/2020
Tribunal
Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Séptimo Circuito
Ponente
Luis García Sedas
Fecha
7 may 2021
Materia
administrativa
Sentido

Holding · resolución sintética

La negativa de la devolución del Impuesto al Valor Agregado es correcta cuando no se acredita la materialidad de las operaciones.

Resumen

El tribunal niega el amparo a la contribuyente contra la sentencia que confirmó la negativa de devolución del IVA. La decisión se basa en que la contribuyente no logró acreditar la materialidad de las operaciones, requisito indispensable para la procedencia de la deducción y, por ende, de la devolución del impuesto.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.