El secreto fiscal no es un derecho absoluto y puede ser exceptuado por razones de interés público, como la transparencia en la situación fiscal de los contribuyentes para prevenir riesgos en operaciones comerciales.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza la constitucionalidad de una norma que exceptúa el secreto fiscal para publicar datos de contribuyentes. Se determina que, si bien los artículos 6 y 16 de la Constitución protegen el acceso a la información y los datos personales, el principio de máxima publicidad permite excepciones por interés público. En este caso, la publicación de datos de contribuyentes que realicen operaciones comerciales con riesgo para el patrimonio se justifica como una medida idónea para proteger el interés público y la seguridad económica, prevaleciendo sobre el secreto fiscal individual.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.