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SJF · Tesis

El requerimiento de la autoridad fiscal para que el contribuyente acuda a sus oficinas a presentar documentos que desvirtúen los hechos u omisiones asentados en la última acta parcial de visita domiciliaria, fundado en el artículo 46, fracción IV, segundo párrafo, del Código Fiscal de la Federación, no infringe lo dispuesto por el artículo 16 constitucional.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Ponente
Fecha
1 feb 2004
Materia
administrativa
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

El requerimiento de la autoridad fiscal para que el contribuyente acuda a sus oficinas a presentar documentos que desvirtúen los hechos u omisiones asentados en la última acta parcial de visita domiciliaria, fundado en el artículo 46, fracción IV, segundo párrafo, del Código Fiscal de la Federación, no infringe lo dispuesto por el artículo 16 constitucional.

Resumen

La presente tesis sostiene que el requerimiento de la autoridad fiscal para que el contribuyente presente documentos que desvirtúen los hechos u omisiones asentados en la última acta parcial de una visita domiciliaria, no contraviene el artículo 16 constitucional. Dicho requerimiento se fundamenta en el artículo 46, fracción IV, segundo párrafo, del Código Fiscal de la Federación, el cual otorga al contribuyente un plazo para presentar pruebas o corregir su situación fiscal antes de que se levante el acta final.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.