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498/2025OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PLENO

El recurso de reclamación tiene por objeto el estudio de la legalidad de los acuerdos de trámite dictados por las presidencias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación o de los tribunales colegiados de circuito, por lo que los agravios expresados deben estar encaminados a evidenciar su irregularidad.

Expediente
498/2025
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
IRVING ESPINOSA BETANZO
Fecha
21 ene 2026
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

El recurso de reclamación tiene por objeto el estudio de la legalidad de los acuerdos de trámite dictados por las presidencias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación o de los tribunales colegiados de circuito, por lo que los agravios expresados deben estar encaminados a evidenciar su irregularidad.

Resumen

El presente asunto versa sobre la interposición de un recurso de reclamación contra un acuerdo de trámite dictado por la presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Se establece que la materia de dicho recurso se constriñe al análisis de la legalidad del acuerdo impugnado, y que los agravios deben dirigirse a demostrar la irregularidad del mismo. En el caso particular, se consideran inoperantes los agravios que no combaten directamente las razones esgrimidas por la presidencia para desechar el recurso, sino que pretenden impugnar actos diversos o se basan en supuestas deficiencias en la integración del expediente.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.