La expedición de licencias de uso de suelo y permisos de construcción para la cadena de valor de los hidrocarburos, así como el cobro de derechos por la exploración y/o explotación de estos, son facultades exclusivas de la Federación, no de los municipios.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió la controversia constitucional 58/2025, determinando que los municipios carecen de competencia para emitir licencias de uso de suelo y permisos de construcción relacionados con la industria de hidrocarburos. El tribunal enfatizó que estas facultades, al igual que la regulación y cobro de derechos por exploración o explotación de hidrocarburos, corresponden exclusivamente a la Federación, conforme a los artículos 25, 27, 28 y 73, fracción X de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Por lo tanto, la Ley de Ingresos del Municipio de Ocampo, Chihuahua, que preveía dichos cobros, invadió la esfera competencial federal.
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