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1037/2026Juzgado11ª Época✓ Fuente verificada
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Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Yucatán

La improcedencia del juicio de amparo por cosa juzgada se actualiza cuando se reclama un acto idéntico a otro que ha sido materia de una resolución previa, dictada en un juicio diverso, que declaró la improcedencia o el sobreseimiento del juicio.

Expediente
1037/2026
Tribunal
Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Yucatán
Ponente
Tania Gabriela González Rosas
Fecha
20 may 2026
Materia
laboral
Sentido

Holding · resolución sintética

La improcedencia del juicio de amparo por cosa juzgada se actualiza cuando se reclama un acto idéntico a otro que ha sido materia de una resolución previa, dictada en un juicio diverso, que declaró la improcedencia o el sobreseimiento del juicio.

Resumen

Se desecha la demanda de amparo al actualizarse la causal de improcedencia prevista en el artículo 61, fracción X, de la Ley de Amparo, relativa a la cosa juzgada. Ello, en virtud de que el acto reclamado es idéntico a otro que ya fue materia de una resolución previa en un juicio distinto, en el cual se determinó la improcedencia del juicio de amparo.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.