El recurso de revisión fiscal es improcedente contra las resoluciones dictadas por la Sala Superior en segunda instancia, en virtud de que el artículo 248 del Código Fiscal de la Federación establece que dicho recurso solo procede contra resoluciones de primera instancia o contra aquellas de las Salas Regionales que no admitan apelación.
Se declara la improcedencia del recurso de revisión fiscal interpuesto contra una resolución de la Sala Superior emitida en segunda instancia. El artículo 248 del Código Fiscal de la Federación limita la procedencia de este recurso a las resoluciones de primera instancia de la Sala Superior o a aquellas de las Salas Regionales que no sean apelables. Por lo tanto, una resolución de segunda instancia de la Sala Superior no es susceptible de ser revisada mediante este medio.
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