La negativa del Ministerio Público de admitir datos de prueba ofrecidos por la víctima, en el proceso penal, no constituye un acto de ejecución irreparable que impida el conocimiento del amparo indirecto.
El tribunal colegiado determinó que la negativa del Ministerio Público de admitir datos de prueba ofrecidos por la víctima, en el proceso penal, no es un acto de ejecución irreparable. Por lo tanto, no se actualiza una excepción al principio de que el amparo indirecto procede contra actos que no han sido ejecutados. En consecuencia, se desechó de plano la demanda de amparo.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.