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6663/2023OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

La presunción de inocencia exige que la carga de la prueba de la ausencia de un permiso para portar armas de fuego de uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea recaiga en el acusado, quien debe acreditar contar con la autorización correspondiente como hecho positivo.

Expediente
6663/2023
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
ANA MARGARITA RÍOS FARJAT
Fecha
20 mar 2024
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La presunción de inocencia exige que la carga de la prueba de la ausencia de un permiso para portar armas de fuego de uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea recaiga en el acusado, quien debe acreditar contar con la autorización correspondiente como hecho positivo.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza la carga de la prueba en delitos de portación de armas de fuego de uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea. Se establece que, para desvirtuar la presunción de inocencia, el ministerio público debe aportar pruebas suficientes, pertinentes e idóneas que acrediten plenamente la responsabilidad penal del acusado. Sin embargo, se precisa que la carga de probar la ausencia de permiso recae en el acusado, quien debe demostrar que cuenta con la licencia correspondiente.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.