Las actas informativas de mero trámite interno no requieren la intervención del causante, a diferencia de las actas de visita domiciliaria.
El presente criterio establece que no es necesaria la intervención del contribuyente en el levantamiento de actas informativas de trámite interno, ya que estas no tienen el carácter de actas de visita domiciliaria. Los artículos 84 del Código Fiscal de la Federación y 14 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, que exigen la intervención del causante, se refieren específicamente a las actas levantadas con motivo de visitas domiciliarias. Por lo tanto, si se trata de meras informaciones internas entre jerárquicos, no se requiere una disposición legal que autorice dicha comunicación ni que estas actas estén previstas en ley.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.