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150/2025-CAOtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PLENO

La materia de la reclamación en controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad se constriñe al análisis de la legalidad del acuerdo de trámite impugnado, sin que sea dable examinar cuestiones ajenas a dicho acuerdo.

Expediente
150/2025-CA
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
LENIA BATRES GUADARRAMA
Fecha
19 mar 2026
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La materia de la reclamación en controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad se constriñe al análisis de la legalidad del acuerdo de trámite impugnado, sin que sea dable examinar cuestiones ajenas a dicho acuerdo.

Resumen

El presente extracto se refiere a la materia de la reclamación en controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad. Se establece que el recurso de reclamación tiene como finalidad analizar la legalidad de los acuerdos de trámite dictados por el Presidente de la SCJN o los Ministros instructores. Por lo tanto, solo se deben desestimar los agravios que no se relacionen directamente con la legalidad del acuerdo de trámite recurrido.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.