El Consejo de la Judicatura Federal no incurre en ilegalidad al iniciar un procedimiento disciplinario contra un servidor público sin recabar previamente todas las pruebas, pues la etapa de investigación está precisamente destinada a tal efecto, pudiendo decretarse medidas cautelares como la suspensión temporal del cargo.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que es infundado el argumento de que el Consejo de la Judicatura Federal inició un procedimiento disciplinario sin recabar pruebas. Se explica que la etapa de investigación tiene como finalidad recabar dichas pruebas. Además, se menciona que el Consejo puede decretar medidas cautelares, como la suspensión temporal del cargo, al advertir probables responsabilidades administrativas.
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