InvestigaciónDocumento
En línea
OtroTCCJurisprudencia firme10ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
SJF · Tesis

Las facultades de comprobación de la autoridad fiscal permiten verificar la autenticidad de las operaciones del contribuyente para determinar la procedencia de sus pretensiones, sin necesidad de agotar previamente el procedimiento de presunción de inexistencia de operaciones del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación.

Expediente
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
14 jun 2019
Materia
administrativa
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

Las facultades de comprobación de la autoridad fiscal permiten verificar la autenticidad de las operaciones del contribuyente para determinar la procedencia de sus pretensiones, sin necesidad de agotar previamente el procedimiento de presunción de inexistencia de operaciones del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación.

Resumen

La autoridad fiscal, al ejercer sus facultades de comprobación, puede verificar la autenticidad de las operaciones registradas por el contribuyente. No es indispensable agotar el procedimiento del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación para declarar la inexistencia de operaciones si el contribuyente no acredita su materialidad. Las facultades del artículo 42 del Código Fiscal de la Federación son independientes y permiten comprobar el cumplimiento de obligaciones fiscales, incluyendo la verificación de la existencia real de las operaciones.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.