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22/2025TCC11ª Época✓ Fuente verificada
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Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito· tema sin holding extraído

Procede desechar el recurso, en acato a las jurisprudencias 150/2010 y 88/2011 de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Se decretó la nulidad por un vicio formal, al no haber analizado la autoridad fiscal la nueva solicitud de resarcimiento económico y las pruebas aportadas por la contribuyente a efecto de acreditar su derecho subjetivo.

Expediente
22/2025
Tribunal
Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito
Ponente
Cynthia Cristina Leal Garza
Fecha
2 jun 2026
Materia
administrativa
Sentido

Tema · autorreporte del tribunal

Procede desechar el recurso, en acato a las jurisprudencias 150/2010 y 88/2011 de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Se decretó la nulidad por un vicio formal, al no haber analizado la autoridad fiscal la nueva solicitud de resarcimiento económico y las pruebas aportadas por la contribuyente a efecto de acreditar su derecho subjetivo.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.