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SJF · Tesis

Los agravios expresados por las autoridades responsables en el recurso de revisión son suficientes para desecharse cuando no se señale el precepto legal que se estime violado, o cuando la sentencia recurrida conceda la protección federal al quejoso por falta de fundamentación y motivación del acto reclamado, sin perjuicio de que la autoridad responsable pueda emitir un nuevo acto debidamente fundado y motivado.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
1 ene 1943
Materia
sin clasificar
Sentido

Holding · resolución sintética

Los agravios expresados por las autoridades responsables en el recurso de revisión son suficientes para desecharse cuando no se señale el precepto legal que se estime violado, o cuando la sentencia recurrida conceda la protección federal al quejoso por falta de fundamentación y motivación del acto reclamado, sin perjuicio de que la autoridad responsable pueda emitir un nuevo acto debidamente fundado y motivado.

Resumen

El presente criterio establece que los agravios de las autoridades responsables en un recurso de revisión pueden ser desechados si no se cita el precepto legal violado, o si la sentencia de amparo concedió la protección al quejoso por falta de fundamentación y motivación del acto reclamado. En este último caso, la autoridad responsable conserva la facultad de emitir un nuevo acto que cumpla con los requisitos legales.

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