El recurso de revisión fiscal es improcedente contra sentencias que declaran la nulidad de un acto administrativo por vicios formales, al no resolver el fondo del asunto.
El presente asunto analiza la procedencia del recurso de revisión fiscal. Se determina que dicho recurso es improcedente cuando la sentencia de origen declara la nulidad de un acto administrativo por vicios formales, como la falta de fundamentación o motivación. Esto se debe a que la intención del legislador fue reservar este medio de impugnación para casos excepcionales que impliquen una resolución de fondo, y no para cuestiones meramente formales. Por lo tanto, la sentencia que anula un acto por estas razones no resuelve el fondo de la pretensión planteada, haciendo improcedente el recurso.
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