La nulidad de un ajuste de facturación por servicios de energía eléctrica requiere la demostración de ilicitud en el procedimiento de revisión, ya sea por inobservancia de la normativa aplicable o de las cláusulas contractuales.
El presente asunto versa sobre la nulidad de un ajuste de facturación de energía eléctrica. El juzgador analiza la procedencia de la vía oral mercantil, la legitimación de las partes y las excepciones opuestas por la demandada. Posteriormente, se centra en el estudio de la acción de nulidad, determinando que para que proceda, es necesario acreditar la ilicitud en el procedimiento de revisión que dio origen al ajuste, ya sea por inobservancia de la normativa aplicable (Reglamento de la Ley del Sector Eléctrico) o de las cláusulas del contrato de adhesión. En este caso, se concluye que la demandada no probó haber seguido el procedimiento correcto, por lo que se concede la nulidad.
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