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162/26-11-02-6-STOtroTFJA11ª Época✓ Fuente verificada
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TFJA · Segunda Sala Regional en el Estado de México I

La falta de fundamentación y motivación de la competencia territorial de la autoridad que emite una boleta de infracción, al no precisar las disposiciones legales que la facultan para actuar en una zona específica, genera la nulidad lisa y llana del acto, al vulnerar la seguridad jurídica del gobernado.

Expediente
162/26-11-02-6-ST
Tribunal
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Ponente
Fecha
23 mar 2026
Materia
fiscal
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La falta de fundamentación y motivación de la competencia territorial de la autoridad que emite una boleta de infracción, al no precisar las disposiciones legales que la facultan para actuar en una zona específica, genera la nulidad lisa y llana del acto, al vulnerar la seguridad jurídica del gobernado.

Resumen

Se demandó la nulidad de una boleta de infracción emitida por la Guardia Nacional por prestar servicio de autotransporte de pasajeros sin permiso. La autoridad demandada argumentó improcedencia al no haberse cobrado la multa, lo cual fue desestimado al considerar que la imposición de la sanción lesiona el interés jurídico del actor. Sin embargo, se determinó que la Guardia Nacional omitió fundar y motivar debidamente su competencia territorial y material, al no especificar las disposiciones legales que le otorgan facultades para actuar en la zona donde se cometió la infracción, ni la adscripción de la estación y el agente emisor. Por lo anterior, se declaró la nulidad lisa y llana de la boleta de infracción y se reconoció el derecho del actor a la devolución del pago realizado.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.