El interés superior de los menores debe prevalecer sobre los intereses particulares de los progenitores en los procedimientos de divorcio, especialmente en lo relativo a la guarda y custodia.
El presente caso aborda la primacía del interés superior de los menores en procedimientos de divorcio. Se enfatiza que, ante la disolución del vínculo matrimonial, las cuestiones relativas a la crianza y cuidado de los hijos deben ser resueltas priorizando el bienestar de los menores, incluso por encima de los intereses de los padres. El Juez debe recabar informes, escuchar a los menores y valorar las circunstancias familiares para determinar el régimen de guarda y custodia más adecuado, pudiendo acordar la custodia compartida si protege el interés superior del menor.
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