El recurso de revisión fiscal es procedente contra las sentencias que declaren la nulidad del acto impugnado por haberse actualizado la prescripción del crédito fiscal, al constituir una resolución de fondo que implica el pronunciamiento sobre el derecho sustantivo de los gobernados.
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió una contradicción de tesis para determinar la procedencia del recurso de revisión fiscal contra sentencias que declaran la nulidad de actos por prescripción de créditos fiscales. Se determinó que la prescripción constituye un derecho sustantivo y su análisis en una sentencia implica una cuestión de fondo, no de forma. Por lo tanto, el recurso de revisión fiscal es procedente en estos casos, ya que se cumplen los requisitos de importancia y trascendencia al resolverse sobre el derecho del contribuyente a liberarse de una obligación tributaria por el transcurso del tiempo.
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