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0075-2025-02-C-15-01-01-02-LConcedeTFJAConcede parcial11ª Época✓ Fuente verificada
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TFJA · Primera Sala Regional en el Estado de México I

La confirmativa ficta, al ser una ficción legal, debe ser analizada en cuanto al fondo del asunto para resolver la controversia planteada, sin que el juzgador deba limitarse a declarar su existencia.

Expediente
0075-2025-02-C-15-01-01-02-L
Tribunal
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Ponente
Fecha
30 abr 2026
Materia
fiscal
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La confirmativa ficta, al ser una ficción legal, debe ser analizada en cuanto al fondo del asunto para resolver la controversia planteada, sin que el juzgador deba limitarse a declarar su existencia.

Resumen

La Sala Regional determinó que la confirmativa ficta, configurada por la falta de resolución de un recurso de revocación en el plazo legal, no solo debe ser declarada, sino que obliga al tribunal a resolver el fondo del asunto. Esto se debe a que la ficción legal busca dar certeza jurídica al contribuyente. En el caso particular, se analizó la debida fundamentación y motivación de la resolución que determinó un crédito fiscal, concluyendo que la autoridad fiscal no detalló adecuadamente las razones para considerar cierto IVA como no acreditable, lo que limitó la defensa del contribuyente.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.