La pena de prisión y multa impuesta por el delito de homicidio calificado, cuando se comete con ventaja, debe ser proporcional al bien jurídico afectado y al grado de culpabilidad, conforme a los parámetros constitucionales.
El presente asunto deriva de un amparo directo promovido por un sentenciado por el delito de homicidio calificado cometido con ventaja. El quejoso impugnó la constitucionalidad de las penas de prisión y multa impuestas, argumentando que eran excesivas. La Suprema Corte analizó la proporcionalidad de las penas establecidas en el Código Penal del Estado de México, en relación con el artículo 22 Constitucional, determinando que deben ser proporcionales al delito y al bien jurídico afectado.
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