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69/2021ConcedeTCC11ª Época✓ Fuente verificada
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SJF · Ejecutoria

La inactividad del Ministerio Público en la integración de una averiguación previa, al transcurrir un plazo excesivo e injustificado, produce los mismos o más graves efectos que una resolución expresa de no ejercicio de la acción penal, generando un estado de indefensión y violando el derecho a la justicia pronta, completa e imparcial.

Expediente
69/2021
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
11 abr 2022
Materia
sin clasificar
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

La inactividad del Ministerio Público en la integración de una averiguación previa, al transcurrir un plazo excesivo e injustificado, produce los mismos o más graves efectos que una resolución expresa de no ejercicio de la acción penal, generando un estado de indefensión y violando el derecho a la justicia pronta, completa e imparcial.

Resumen

El presente amparo en revisión aborda la dilación injustificada en la integración de una averiguación previa relacionada con actos de tortura. El tribunal determina que la inacción del Ministerio Público, al no resolver sobre el ejercicio o no ejercicio de la acción penal dentro de un plazo razonable, transgrede el derecho fundamental de acceso a la justicia. Se enfatiza que esta omisión genera un estado de indefensión para la víctima y viola los principios de justicia pronta, completa e imparcial, equiparándose a una resolución expresa de no ejercicio de la acción penal.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.