La inactividad del Ministerio Público en la integración de una averiguación previa, al transcurrir un plazo excesivo e injustificado, produce los mismos o más graves efectos que una resolución expresa de no ejercicio de la acción penal, generando un estado de indefensión y violando el derecho a la justicia pronta, completa e imparcial.
El presente amparo en revisión aborda la dilación injustificada en la integración de una averiguación previa relacionada con actos de tortura. El tribunal determina que la inacción del Ministerio Público, al no resolver sobre el ejercicio o no ejercicio de la acción penal dentro de un plazo razonable, transgrede el derecho fundamental de acceso a la justicia. Se enfatiza que esta omisión genera un estado de indefensión para la víctima y viola los principios de justicia pronta, completa e imparcial, equiparándose a una resolución expresa de no ejercicio de la acción penal.
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