El objeto de un tributo, en términos del artículo 5o. del Código Fiscal de la Federación, se refiere al hecho imponible y, en particular, a su aspecto objetivo, es decir, a la riqueza manifestada a través de la realización del supuesto previsto en ley.
El presente asunto versa sobre la interpretación de los elementos del tributo conforme al Código Fiscal de la Federación. Se analiza el concepto de 'objeto' dentro de los elementos del tributo, señalando que este se refiere al hecho imponible y su aspecto objetivo, que es la manifestación de riqueza prevista en la ley. Se define la base imponible como el valor representativo de dicha riqueza para determinar el crédito fiscal.
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