La confirmación de un auto o sentencia en apelación, aun por razones distintas a las expuestas por el juzgador de origen, es procedente cuando el fallo impugnado se ajusta a derecho.
El tribunal confirma el auto y la sentencia recurridos en las apelaciones preventiva y principal, respectivamente. Si bien la confirmación de la sentencia principal se da por motivos distintos a los originalmente expuestos, el tribunal considera que el fallo de origen se ajusta a derecho, lo que justifica la confirmación. Finalmente, no se realiza una condena especial en costas.
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