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734/2024TCC11ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
Segundo Tribunal Colegiado de Apelación en Materias Civil, Administrativa y Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones del Primer Circuito

La confirmación de un auto o sentencia en apelación, aun por razones distintas a las expuestas por el juzgador de origen, es procedente cuando el fallo impugnado se ajusta a derecho.

Expediente
734/2024
Tribunal
Segundo Tribunal Colegiado de Apelación en Materias Civil, Administrativa y Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones del Primer Circuito
Ponente
Arturo Morales Serrano
Fecha
23 ene 2025
Materia
sin clasificar
Sentido

Holding · resolución sintética

La confirmación de un auto o sentencia en apelación, aun por razones distintas a las expuestas por el juzgador de origen, es procedente cuando el fallo impugnado se ajusta a derecho.

Resumen

El tribunal confirma el auto y la sentencia recurridos en las apelaciones preventiva y principal, respectivamente. Si bien la confirmación de la sentencia principal se da por motivos distintos a los originalmente expuestos, el tribunal considera que el fallo de origen se ajusta a derecho, lo que justifica la confirmación. Finalmente, no se realiza una condena especial en costas.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.