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153/2026TCC11ª Época✓ Fuente verificada
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Décimo Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito· tema sin holding extraído

Son fundados los agravios, pues la condena de origen es de carácter ilíquido. Por tanto, el juez de origen actuó ilegalmente al determinar la garantía mediante una fórmula matemática basada en la expectativa de vida de la actora. Asimismo, se determinó que calcular una fianza sobre condenas ilíquidas y pensiones futuras de realización incierta carece de sustento. Por ello, en ejercicio de la facultad discrecional ante la iliquidez de la condena, se fijó una garantía.

Expediente
153/2026
Tribunal
Décimo Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito
Ponente
Mirsha Rodrigo León Carmona
Fecha
29 may 2026
Materia
civil
Sentido

Tema · autorreporte del tribunal

Son fundados los agravios, pues la condena de origen es de carácter ilíquido. Por tanto, el juez de origen actuó ilegalmente al determinar la garantía mediante una fórmula matemática basada en la expectativa de vida de la actora. Asimismo, se determinó que calcular una fianza sobre condenas ilíquidas y pensiones futuras de realización incierta carece de sustento. Por ello, en ejercicio de la facultad discrecional ante la iliquidez de la condena, se fijó una garantía.

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