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245/2024OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

La facultad de la autoridad fiscal para emitir órdenes de visita y créditos fiscales se sustenta en el artículo 42, fracción III, del Código Fiscal de la Federación, la cual le permite revisar el cumplimiento de obligaciones fiscales y determinar contribuciones omitidas.

Expediente
245/2024
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
LENIA BATRES GUADARRAMA
Fecha
28 ago 2024
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La facultad de la autoridad fiscal para emitir órdenes de visita y créditos fiscales se sustenta en el artículo 42, fracción III, del Código Fiscal de la Federación, la cual le permite revisar el cumplimiento de obligaciones fiscales y determinar contribuciones omitidas.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó la debida fundamentación y motivación de una orden de visita y un crédito fiscal emitidos por la Administradora Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Sinaloa. La Sala determinó que la autoridad sí fundó y motivó adecuadamente ambos actos, basándose en la facultad conferida por el artículo 42, fracción III, del Código Fiscal de la Federación, que le permite revisar el cumplimiento de obligaciones fiscales y determinar contribuciones omitidas.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.