La preliquidación de contribuciones omitidas, al constituir una propuesta de pago, no es un acto de imposible consumación futura que pueda ser impugnado en amparo indirecto.
Se sobresee el juicio de amparo promovido por el contribuyente, al considerar que la preliquidación de las contribuciones omitidas no constituye un acto de imposible consumación futura. Dicha preliquidación es una propuesta de pago que no causa un perjuicio irreparable al contribuyente, por lo que no puede ser impugnada en amparo indirecto en esta etapa procesal. La resolución se basa en la naturaleza del acto reclamado y su impacto en la esfera jurídica del quejoso.
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