La Suprema Corte de Justicia de la Nación debe suplir la deficiencia de la demanda, contestación, alegatos o agravios en todos los casos.
El presente extracto resalta la obligación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación de suplir la deficiencia en los escritos presentados por las partes, incluyendo la demanda, contestación, alegatos y agravios. Esta facultad asegura que los argumentos jurídicos sean debidamente analizados y considerados, independientemente de las imperfecciones formales en su presentación.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.