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1836/2024OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

La sentencia absolutoria, al declarar la no existencia del delito o la no responsabilidad penal del acusado, impide la continuación de la audiencia de individualización de sanciones y reparación del daño, al extinguir la materia de dicha etapa procesal.

Expediente
1836/2024
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO
Fecha
18 sep 2024
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La sentencia absolutoria, al declarar la no existencia del delito o la no responsabilidad penal del acusado, impide la continuación de la audiencia de individualización de sanciones y reparación del daño, al extinguir la materia de dicha etapa procesal.

Resumen

El presente criterio aborda la consecuencia de una sentencia absolutoria en el proceso penal. Se establece que una vez que se determina la no existencia del delito o la no responsabilidad penal del acusado, la etapa de individualización de sanciones y reparación del daño se vuelve innecesaria. Esto se debe a que la absolución extingue la materia sobre la cual versaría dicha audiencia, impidiendo así su continuación.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.