El Archivo Histórico del Estado no puede ejercer las facultades que la Ley General de Archivos reserva al Archivo General del Estado, pues ello contraviene el principio de especialización y concurrencia en materia de archivos.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver una acción de inconstitucionalidad promovida por el INAI, determinó la inconstitucionalidad de diversas disposiciones de la Ley de Archivos para el Estado de San Luis Potosí. El tribunal consideró que al otorgar al Archivo Histórico del Estado facultades reservadas por la Ley General de Archivos al Archivo General del Estado, se vulneran los principios de especialización y concurrencia en materia de archivos, así como diversas disposiciones constitucionales.
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