Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Decimoséptimo Circuito· tema sin holding extraído
Falta de interés jurídico. Fue correcta la determinación de la juez de Distrito, al tener por actualizada la causal de improcedencia aludida, ya que la quejosa promovió por su propio derecho y como socia de una persona moral, señalando como actos reclamados, los dirigidos a dicha persona moral y no a ella en lo personal.
Expediente
126/2023
Tribunal
Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Decimoséptimo Circuito
Ponente
José Juan Múzquiz Gómez
Fecha
11 ene 2024
Materia
civil
Sentido
Tema · autorreporte del tribunal
Falta de interés jurídico. Fue correcta la determinación de la juez de Distrito, al tener por actualizada la causal de improcedencia aludida, ya que la quejosa promovió por su propio derecho y como socia de una persona moral, señalando como actos reclamados, los dirigidos a dicha persona moral y no a ella en lo personal.
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