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613/2025ConcedeTCC11ª Época✓ Fuente verificada
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Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito· tema sin holding extraído

Se concede el amparo porque fueron fundados los dos conceptos de violación que expuso el quejoso en su demanda de amparo. Lo anterior, porque como lo alegó el justiciable, la autoridad responsable, de manera indebida tuvo a la parte demandada por demostrado que el actor del juicio gozó de sus vacaciones durante el periodo que se estimó no prescrito en el laudo. Sin embargo, de las pruebas documentales que fueron apreciadas por la autoridad responsable, no se desprende esa situación, esto es, que efectivamente el actor del juicio gozó de sus vacaciones. Asimismo, porque la autoridad responsable omitió establecer las cantidades líquidas de las prestaciones económicas laudadas, no obstante que contaba con los elementos suficientes para hacerlo.

Expediente
613/2025
Tribunal
Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito
Ponente
Dulce Concepción Arias Garay
Fecha
8 may 2026
Materia
laboral
Sentido
concede

Tema · autorreporte del tribunal

Se concede el amparo porque fueron fundados los dos conceptos de violación que expuso el quejoso en su demanda de amparo. Lo anterior, porque como lo alegó el justiciable, la autoridad responsable, de manera indebida tuvo a la parte demandada por demostrado que el actor del juicio gozó de sus vacaciones durante el periodo que se estimó no prescrito en el laudo. Sin embargo, de las pruebas documentales que fueron apreciadas por la autoridad responsable, no se desprende esa situación, esto es, que efectivamente el actor del juicio gozó de sus vacaciones. Asimismo, porque la autoridad responsable omitió establecer las cantidades líquidas de las prestaciones económicas laudadas, no obstante que contaba con los elementos suficientes para hacerlo.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.