La Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver el amparo indirecto 538/2023, determinó que la designación de un director general del Instituto de Defensoría Pública del Estado de Nuevo León por parte del Poder Ejecutivo, así como la omisión de cumplir con la reforma constitucional al artículo 17, constituyen actos que invaden la esfera competencial del Poder Judicial, a pesar de haberse otorgado la suspensión.
El Titular del Instituto de Defensoría Pública del Estado de Nuevo León promovió juicio de amparo indirecto contra actos del Poder Ejecutivo estatal. Reclamó la designación de un director general del Instituto y la omisión de cumplir con una reforma constitucional. A pesar de que se otorgó la suspensión de los actos reclamados, la Corte consideró que el Poder Ejecutivo continuaba invadiendo la esfera competencial del Poder Judicial, lo que evidencia la persistencia de la controversia.
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